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Comentarios (19)

maria jose | 22.03.2015
Lo encuentro atroz lo que esta ocurriendo con este país, yo soy estudiante de prevención de riesgos y como tal tengo mil dudas, como por ejemplo:¿que excusas dio el gobierno para aceptar esta terrorífica locura? ¿la presidenta se ha pronunciado?¿ que podemos hacer como profesionales, como comunidad, como persona?
maria | 30.07.2014
Es una pena que siempre es lo mismo, gobiernos sin escrupulos cambian leyes a beneficio de los negociantes, que solo quieren llenar sus bolsillos a costa de la salud y el medio ambiente.
Alexia | 24.07.2014
...pro reo. Interesante punto que expone como para medir y meditar sobre como está funcionando el sistema de protección del bien común!! Don Patricio ante su discurso y trabajo, tenemos que guardar un silencio religioso, solo por la posibilidad que usted nos entrega de ver...gracias
Carolina | 24.07.2014
¿¿Cuáles son las zonas declaradas latentes o saturadas?? ¿quién las declara?? En la Región metropolitana existen estas zonas?
Pablo | 24.07.2014
Gracias por la actualización... A lo que apuntaba mi comentario es que solo en un porcentaje reducido de lugares, los proyectos inmobiliarios deben someterse al sistema de evaluación ambiental.  Con el nuevo reglamento, se reducen aun mas las posibilidades de ingreso. 
Marcelo | 23.07.2014
En mayo de 2014 la presidenta Bachelet anunció un plan de prevención contra la contaminación que considera 14 nuevos planes de descontaminación ambiental (PPDA) para zonas declaradas latentes y  o saturadas principalmente por lo que estos planes miden, es decir material articulado MP10 Esto como parte de su compromiso de los primeros 100 días de Gobierno Sabrá la presidenta que un gran actor que contamina con este material ya ni siquiera será monitoreado ni sometido algún tipo de control?
Pablo | 23.07.2014
Para ser justos, no hay que olvidar que los proyectos inmobiliarios que, por ley, ingresan al sistema de evaluación de impacto ambiental son solo aquellos que se ubican en zonas declaradas latentes o saturadas. Esta condición está desde el inicio en la Ley 19.300, del año 1994.  Es decir, con el antiguo reglamento, un centro comercial sí ingresaba en Santiago, pero no en Valparaíso o Valdivia.  Con el nuevo reglamento, solo algunos que se ubiquen en santiago debiesen entrar; sólo aquellos cuya zonificiación del PRC no haya sido evaluada ambientalmente. 
Carolina Oyarce | 23.07.2014
Insólito, después de alarmantes cifras de muertes por c, ambiental ahora esto. El tema requiere ser revisado y derogado con caracter de urgencia para no dar pie aquellos que indiscriminadamente aprovechan estas instancias para proteger sus intereses, mientras en Chile no se legisle a favor de la ciudadanía vamos directo a la destrucción ,
miguel | 23.07.2014
SE TERMINÓ EL URBANISMO EN CHILE....... Interesante y documentado relato de las burdas acciones de los "malos empresarios" inmobiliarios que tenían personas infiltradas en el gobierno de Piñera y de seguro tienen también en la Nueva Mayoría..
Marcelo | 22.07.2014
Lo que dice Rodrigo es cierto Pero funciona sólo con funcionarios que cumplen el principio de probidad pública PROBIDAD: EL DESEMPEÑO HONESTO Y TRANSPARENTE EN EL DESEMPEÑO DEL CARGO, PRIVILEGIANDO EL INTERES GENERAL SOBRE EL PARTICULAR
Rodrigo | 22.07.2014
El sistema juridico es piramidal. Estos trajes a medida invierten esa pirámide jurídica. EL REGLAMENTO EMANADO DEL PODER EJECUTIVO NUNCA PUEDE EXCEDER A LA NORMA LEGAL EMANADA DEL PODER LEGISLATIVO
Jorge Verdugo Blanco | 22.07.2014
DEJA FUERA EVALUACION AMBIENTAL ... lo considero un siniestro atropello a nuestra sociedad. SINIESTRO, porque la iniciativa sale de las tinieblas, inexplicablemente sin ser mal pensados ... porque si pensamos mal, la explicación está en "el don dinero". ATROPELLO, porque atenta contra lo que la misma sociedad aspira: mejorar la calidad de vida que aqui se ve truncada. Diria que es una guillotina que nos deja sin pensar ... descabezados
Marcelo | 21.07.2014
Estas personas se supone estaban para garantizar nuestro derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. No obstante terminan haciendo todo lo contrario, afectando la salud de las personas pues es el mp10 (material particulado mp10) el que se mide para declarar alertas, pre-emergencias y emergencias ambientales. Y son estos proyectos los que liberan la mayor cantidad de este material. Algo que no dice el artículo es que como estas empresas ya que no ingresan al sistema de evaluación de impacto ambiental, tampoco compensarán emisiones a través de la creación o manutención de áreas verdes, pavimentación o limpieza de calles. Es decir todas las comunidades pierden, pierden los ciudadanos, la ciudad, etc. Ganan las inmobiliarias
Diego | 21.07.2014
Dado que las leyes tienen jerarquías, y lo expuesto en el texto es manifiestamente ilegal, imagino que hay mecanismos que hagan posible la anulación del reglamento viciado. Lo que no sé es quién puede recurrir de protección, o alegar inconstitucionalidad respecto de este "traje a la medida", envuelto, descaradamente, de legalidad.
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